Colegio SAN LUIS GONZAGA
El proceso sancionador.
Interesa seguir habitualmente una línea de actuación prevista de antemano, con pasos determinados, que ayuden a evitar la arbitrariedad. La sanción como todo el proceso educativo, ha de ser intencional. De ordinario pueden servir los siguientes criterios:
ü Las faltas leves de un alumno no reincidente las corrige el profesor, con una simple advertencia.
ü Conviene corregir las de mayor importancia o la reincidencia en las leves mediante una conversación más prolongada, en privado. Puede hacerlo el profesor pero conviene que lo haga el tutor de su curso. Interesa informar a los padres.
ü En el caso de que persista un comportamiento desordenado, intervendrá el coordinador de etapa. Es necesario informar a los padres y en cada caso convendrá valora si lo hace el propio tutor o el coordinador de etapa.
ü Siempre se debe informar al tutor y al coordinador de etapa , los cuales deben mantener permanentemente informada a la Dirección del centro, que intervendrá cuando las circunstancias del caso lo aconsejen, con criterio restrictivo: en lo posible ha de resolver estas situaciones el coordinador de etapa. No obstante, en determinadas ocasiones puede ser muy positivo que un directivo hable con el alumno, para mantener una conversación sosegada, que le ayude a reaccionar.
ü Antes de sancionar una falta grave, es necesario escuchar al interesado tan ampliamente como desee. A veces es positivo hacerle que escriba su versión de los hechos, justifique su actitud y sugiera la sanción que considere adecuada. En estos casos, conviene oír también al Consejo de curso.